Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Mérito

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MÉRITO. m. La accion ó derecho que cada uno tiene al premio, ó la razon para ser castigado. Meritum. L!! Fundamento, motivo, justicia. Es mas usado en el plural.II11— TA.I adj. ant.

Digno, merecedor, bencmérito. ! — DE CONDIGNO. Teol. El merecimiento de las buenas obras sobrenaturales ejercitadas por el que está en gracia de Dios. Meritum de condigno.] — DE CONGRUO.

Teol. El merecimiento de las buenas obras sobrenaturales ejercitadas por el que está en pecado mortal, á quien, aunque no pueden dar derecho á la gloria por faltarle la gracia, suelen servir de congruencia para que Dios misericordiosamente le conflera auxilios, con que salga del infeliz estado en que se halla. Meritum de congruo. || MERITOS DEL PROCESO. E conjunto de pruebas y razonés que resultan de él, y que sirven

at juez para dar su fallo. Processûs acta et probationes. ¡ALECAR MÉRITOS, SERVICIOS etc. fr. Exponerlos ó referirlos para lo grar por ellos alguna pretension. Meritorum rationem proferre ISER PERSONA, OBRA Ó COSA DE MÉRITO. fr. Ser notable y recomendable en su línea

la historia de «merito», de obra en obra →

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El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Mérito», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/merito.