Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Mancomunar

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MANCOMUNAR. a. Unir alguno las personas, fuerzas ó caudales para algun fin. Se usa tambien como recíproco. In commune conferre. || for. Obligar á dos ó mas personas de manco mun á la paga ó ejecucion de alguna cosa. Ad solutionem com muniter constringere. || r. Unirse, asociarse, obligarse de man comun.

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El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Mancomunar», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/mancomunar.