Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Ignorancia

página 602 · ver la página en el escaneo

IGNORANCIA. f. Falta de ciencia, de letras y noticias, e general ó particular. Ignorantia.] — CRASA. La que no tien disculpa. —DE DERECHO. for. La que tiene el que ignora el de recho. Ignorantia juris.] — DE HECHO, for. La que se tiene de al gun hecho. Ignorantia facti. C!! — INVENCIBLE. La que no pue de vencer el entendimiento, porque carece de ideas que le exci ten alguna duda sobre las cosas que mira como ciertas, ó que le estimulen á averiguar y saber las que ignora.]I CIGNORAN CIA] NO QUITA PECADO. expr. con que se explica que la igno rancia de las cosas que se deben saber, no exime de culpa. Ie norantia à culpá non liberat. || — SUPINA La que procede d negligencia en aprender ó inquirir lo que puede y debe saberse. Supina ignorantia. || NO PECAR DE IGNORANCIA. fr. Hace alguna cosa con conocimiento de que no es razon el hacerla despues de advertido que no se debia hacer. Haud ignarun peccare, conscium mali agere, nec ignorantid excusari posse. PRETENDER IGNORANCIA. fr. ALEGARLA. Ignorationem interponere, causare, praetexere.

la historia de «ignorancia», de obra en obra →

abrir en el lector · buscarla en todos los diccionarios · los datos de la obra

El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Ignorancia», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/ignorancia.