Vicente Salvá · 1847
Comiso
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COMISO. m. for. Pena de perdimiento de la cosa, en que incurre Fincurren] el que comercia en géneros prohibidos, Cy el enfiteuta que deja de pagar el cánon por tres años, ó vende el fundo sin dar aviso al dueño útil. Sustitúyase este al inciso que sigue. ] ó contraviene á algun contrato en que se estipuló. Llámanse tambien así los mismos bienes comisados. Mercium ex lege ad fiscum applicatio.
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