Vicente Salvá · 1847
Apos
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APOS. adv. t. l. y órd. ant. DESPUES.
APOSENTADOR. RA. m. y f. El que aposenta. ! El que tiene por oficio aposentar. Hospitiis designandis praefectus. || En la milicia antigua el que marcaba el campo que habia de ocupar el ejército. Stattvorum metator, designator. || — DE CAMINO El que en las jornadas que hacen las personas reales se adelanta bara dispóner su aposentamiento y el de sus familias. Regit hospitit designator.! — DE CASA Y CORTE. Uno de los que componian la junda de aposento, y tenia voto en ella. Regit hospitii regendi curine vocalis. ]) — MAYOR DE CASA Y CORTE. El presidente de la junta de aposento Regi hospitii regendi curide praeses.!! — MAVOR DE PALACIO. El que tiene á su cargo la separacion de los cuartos de las personas reales, y el señalamiento de parajes para las oficinas y habitacion de los que deben vivir dentro de palacio. Regiis aedibus dis tribuendis praefectus.
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