Juan Peñalver · 1842
Eeclinatorla
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DECLINATORLA. La que se produce contra el juez alegando que no le tompete el conocimiento de la causa. Llámase tambien EXCEPCION de incompetoncia de juez. DE ENUNERATA PECUNIA Ó DE NON NUNERATA PECUNIA. La que se opone por la parte que niega habérsele entregado el dinero que se le pide ó sobre que se le ejecuta. I DILATORIA. La que airve para diferir el juicio. I PEEENTORIA. La que acaba el litigio cuando está legítima y claramente probada. I PREJUDICIAL. La que impide el principio del pleito si se epone antes de contestar á la demanda. || NO HAY REGLA SIN
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