Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana

Juan Peñalver · 1842

Comunmente

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COMUNMENTE. adv. m. De uso, acuerdo ó consentimiento comun. || FRECUENTEMENTE. | COMUÑA. f. p. Ast. APARCERÍA. I Trigo mezclado con centeno. || p. Ást. Contrato de sociedad que consiste en dar cabezas de ganado á aparcería. || Á ARMUN. pu. Ast.. Contrato que consiste en dar ganado á aparcería cargañdo Con los INPRAICANOS. IJÁ LA GANANCIA. Contrato que consiste en dar ganado - apreciado sin cargar con los menoscabes. ¿| p. CAMUÑAS. SS CON. Preposicion que se aplica al medio, modo ó instrumento que sir- Ye para hacer alguna cosa. Cuando. se junta con el infinitivo equivale á gerundio; como Con declarar se eximió del tormento. || Juntamente y en compañía. || CON QUE. Partícula condicional. Con calidad de que, ó con. tal que. || con QUE. m. fam. Condicion, calidad y circunstancia. || Partícula ilativa de interrogacion. II CON TAL QUE. mod. adv. condicional. Con condicion 'de que. || CON TANTO QUE.

mod. adv. ant. Con tal que, de suerte que, de manera que. || CON TODO, Ó CON TODO ESO. mod. adv. Sin embargo, no obstante.

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