Nemesio Fernández Cuesta (dir.) · 1870
Comercio
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s. m. : el acto de comerciar. — Su efecto. — Comunicacion y trato de unas gentes o pueblos cor otros.—El conjunto de cfectos o la especie en que se comercia, como : e comercio de lenzerla, de sedas, etc.—E conjunto de almacenes, tiendas, bancos o casas de giro de alguna peblacion. —Juego de naipes entre cuatro o mas personas, cada una de las cuales pone de caudal cuatro o cinco mone las. Se reparten a cada jugador tres cartas cubiertas; después se echan en la mesa cuatro descu iertas que se sacan de la baraja. Gana el que junta tres cartas de un palo, superiores a las de los demás. Dura el juego hasta que han perdido el caudal todos, menos uno que lo gana. —Juego de naipes que se verifica entre varias personas y con dos barajas Una de estas se distribuye entre los jugadores, tomando cada uno el número de naipes que quiera, cuyo precio es convencional. De la otra baraja se saca una carta cuyo número o figura nadie ve hasta el fin del juego, y las 39 restantes se van volviendo o sacando sucesivamente. Los jugadores entregan las cartas que tienen iguales a las que van saliendo, y el que tiene la carta igual a la que estaba cubierta gana toda la partida.—met.: el conjunto, cuerpo o compañia de los comerciantes de una nacion, provincia o puebla, como : el comercio de la India, el de Levante, etc —La comunicacion y trato secreto, por lo comun ilicito, entre dos personas de distinto sexo.—COMERCIO DE ESCLAVOS : táfico inmoral que se hace comprando y vendiendo hombres destinados a la esclavitud.—COMERCIO DE LA VIDA: el trato o relaciones de un particular con las personas de quienes tiene que valerse, para subvenir a las necesidades de la vida.— COMERCIO DE LEVANTE : el que se hace en el Asia Occidental por el Mediterráneo.—COMERCIO DEL ORIENTE : el que se hace en el Asia Oriental por el Océano. —COMERCIO SOCIAL: el conjunto de relaciones que unen entre si a los hombres constituidos en sociedad.—LIBERTAD DE COMERCIO : ley por la cual se permite la importacion y esportacion de efectos nacionales y estranjeros, sin que adeuden uerechos en aduanas rii en otra ohcma del gobierno.
=Adm.: GÉNEROS DE ILICITO COMERCIO : aquellos efectos estranjeros, cuya importacion está prohibida por leyes especiales, o los efectos nacionales cuya esportacion al estranjero está igualmente prohibida por haber notable carestia de ellos en el pais.—GÉNEROS DE LiCITO COMERCIO : aquellos efectos estranjeros cuya importacion está permitida con sujecion al pago de derechos, o los efectos nacionales cuya esportacion es libre o está permitida bajo ciertas bases
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