Roque Barcia y Eduardo de Echegaray · 1887-1889
Pupilo
tomo 4 · página 1018 · ver la página del original
Pupilo. Masculino. Derecho romano. El menor que necesita de tutor, que en el hombre es hasta la edad de
catorce años, y en la mujer, hasta los doce. ! El muchacho que está puesto en casa de pupilaje, y por extensión cualquier otro huésped que paga el hospedaje.
ETIMOLOGIA. Del latin pupillus, diminutivo de püpus, niño: catalán, pupil-lo; francés, pupille; italiano, pupillo.
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