Roque Barcia · 1880-1883
Régimen
tomo 4 · página 641 · ver la página del original
Régimen. Masculino. El modo de gobernarse ó regirse en alguna cosa.
Gramática. La relación gramatical que requiere cada verbo respecto del objeto á que se refiere, ya sea con preposición ó sin ella. La dependencia que, según las reglas gramaticales, tienen entre sí las partes de la oración. Los reglamentos ó prácticas de un gobierno en general ó de alguna de sus dependencias.
ETIMOLOGÍA. Regir: latín, régimen, acción de guiar; catalán, régimen; francés, régime: italiano, reggime.
SINONIMIA. Régimen, gobierno, administración. Régimen es la ordenación general de los poderes políticos de una nación; gobierno es la autoridad que ejerce la acción pública; administración, considerada la palabra como sinónima de las otras dos, es el conjunto que forman la autoridad que manda y las autoridades que ejecutan sus mandatos. El régimen da ó restringe derechos, concede facultades, señala atribuciones; el gobierno ejecuta las leyes; la administración entra en los pormenores de su ejecución. El régimen admite los adjetivos «despótico, aristocrático, monárquico, republicano, popular,» etc.; al gobierno se aplican los dictados «justo, corrompido, débil» y sus contrarios; la administración es más ó menos «centralizada, complicada, laboriosa,» etc. (MORA.)
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