Roque Barcia · 1880-1883
Profecticio
tomo 4 · página 418 · ver la página del original
Profecticio. Derecho romano. Véase BiENES y PECULIO.
ETIMOLOGÍA. Provecho: latin, pr fecticius: PROFECTICIA dos, dote constituida por el padre (ULPIANO): catalán, profectici, a; francés, profectif.
Reseña.—1. En derecho romano es lo que procede de la familia, de la persona: dote PROFECTICIA. 2. En derecho canónico se dice de los bienes adquiridos acumulando las rentas de un beneficio.
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