Roque Barcia · 1880-1883
Pretor
tomo 4 · página 397 · ver la página del original
Pretor. Masculino. Magistrado romano, que ejercía jurisdicción en Roma ó en las provincias. En la pesca de atunes, la negrura de las aguas en los parajes donde abundan.
ETIMOLOGÍA. Latín prætor, contracción de prœ-itor, el que va delante, forma activa de prœïtus, participio pasivo de prœire, ir con antelación, de pre, antes, é ire, ir: italiano, pretore; francés, préteur; catalán, pretor. Reseña histórica.—1. Nombre dado en su origen á los grandes magistrados de la antigua Roma. Significa propiamente magistrado-jefe; y cuando los cónsules de los primeros tiempos actuaban como jueces, se les llamaba PRETORES. Hacia principios del siglo IV, este nombre fué exclusivamente del magistrado encargado de administrar justicia en Roma (véase PRETOR URBANO), y después lo fué sucesivamente de otros que pasamos á reseñar. 2. PRETORES CEREALES (pr tores cereales). Lo eran dos, creados por Julio César para juzgar sumariamente todos los asuntos litigiosos relativos al aprovisionamiento de la Annona. Se les elegía entre los patricios. 3. PRETORES FIDEICOMISARIOS (pretores fideicommissarii). Eran dos, y se crearon en Roma, por el emperador Claudio, para juzgar en última instancia los fideicomisos que no pasaban de cierta suma, que hoy denominamos de menor cuantía. Tito suprimió unos de estos magistrados. 4. PRETOR FISCAL (prætor fiscalis). Instituído por Nerva para juzgar de los negocios entre el fisco y los particulares. 5. PRETOR EXTRANJERO (prætor peregrinus). Magistrado encargado de administrar justicia en Roma, entre los extranjeros y los ciudadanos. Fué instituído el año 510 de la ciudad, 243 antes de Jesucristo, para tener parte de las atribuciones del PRETOR URBANO, que eran muy numerosas. EStOS dos PRETORES se elegian en. Jos comicios por centurias y, después de la elección, la suerte decidía acerca de su departamento. El PRETOR EXTRANJERO llevaba la toga pretexta y tenía dos lictores y un accensus. Sus funciones duraban un año. 6. PRETORES LATINOS (prætores latini). Grandes magistrados de las ciudades latinas. 7. PRETORES PROVINCIALES (prætores provinciales). Magistrados que se enviaban con este título á gobernar las provincias. Al principio fueron dos, creados, el año 526 de Roma, para la Sicilia y la Cerdeña; cincuenta años después se crearon otros dos, para la España y la Galia narbonense. Cuando se aumentó el número de las provincias conquistadas, se crea
ron hasta seis PRETORES, se prorrogaron las funciones de los antiguos, y en los casos urgentes hubo uno solo en Roma. Por último, no bastando este expediente, se creó un propretor. LOS PRETORES, magistrados encargados de administrar justicia, no eran enviados al principio más que á las provincias pacificadas, mientras que los procónsules iban á aquellas donde había ejércitos que mandar; pero, al fin de la república, la necesidad no permitió estas distinciones, y se hizo lo que antes no se había verificado más que por excepción y por la fuerza de las circunstancias: se dió á los PRETORES el imperio, es decir, el derecho de mandar los ejércitos, cuando iban á una provincia no pacificada. 8. PRETORES DEL TESORO (prætores Ærarii). Administradores del Tesoro público, escogidos, en número de dos, entre los antiguos PRETORES. Los instituyó Augusto, y se les sustituyó á veces con prefectos y cuestores; pero reaparecieron en tiempos de Tiberio, Claudio y Vespasiano. 9. PRETOR URBANO (prætor urbanus). Instituído el año 389 de la ciudad, para estar exclusivamente encargado de la administración de justicia en Roma, en lugar de los cónsules, frecuentemente ocupados fuera. El Senado, que propuso su institución, imaginó darle el nombre de PRETOR, que tomaban los cónsules cuando administraban justicia, y hacer de él un magistrado anual, elegido en los comicios por centurias, y cuya edad debía ser 35 años; es decir, más que la edad consular. El pueblo ratificó esta proposición y consintió también que la pretura urbana fuese una magistratura patricia; pero, veintinueve años después, fueron admitidos también los plebeyos. La calificación de urbano no se dió á este PRETOR hasta que se creó el extranjero. Había una preeminencia nominal sobre éste, y se le llamaba PRETOR mayor. Por lo demás, sus insignias de autoridad eran las mismas: la toga pretexta, dos lictores y un accensus. El PRETOR urbano, que fué el primer PRETOR que se instituyó, era considerado, en razón de su origen, como lugarteniente de los cónsules y los reemplazaba, cuando era necesario, no debiendo jamás ausentarse de Roma más de diez días consecutivos. Cuando entraba en ejercicio, publicaba un edicto para hacer conocer la jurisprudencia que se proponía adoptar. (Véase Epicro PERPETUO.) 10. PRETOR TUTELAR (pretor tutelaris). Magistrado creado por Marco Aurelio para velar por los intereses de los pupilos y de los huérfanos. 11. El cargo de PRETOR no se concedió primitivamente más que á los patricios; pero desde el año 337, pudieron aspirar á él los plebeyos.
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