Primer diccionario general etimológico

Roque Barcia · 1880-1883

Mancomunar

tomo 3 · página 611 · ver la página del original

Mancomunar. Activo. Unir las personas, fuerzas ó caudales para algún fin. Se usa también como recíproco.

Forense. Obligar á dos ó más personas de mancomún á la paga ó ejecución de alguna cosa. [ Recíproco.

Unirse, asociarse, obligarse de mancomún.

ETIMOLOGÍA. Mancomún: catalán, mancomunar. Mancomunarse. Asociarse, ponerse de acuerdo.

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El texto de Barcia (1880-1883) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Mancomunar», en Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico (1880-1883), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/barcia/mancomunar.