Roque Barcia · 1880-1883
Mancipar
tomo 3 · página 611 · ver la página del original
Mancipar. Activo. Derecho romano.
Sujetar, hacer esclavo á otro. Se usa también como recíproco.
ETIMOLOGÍA. Mancebo: latín, mancipare, vender con las formalidades necesarias; de manciplum, venta con garantía; forma sustantiva abstracta de mancípem, acusativo de manceps, el que se apodera.
la historia de «mancipar», de obra en obra →
abrir en el lector · buscarla en todos los diccionarios · los datos de la obra