Roque Barcia · 1880-1883
Imprescriptible
tomo 3 · página 33 · ver la página del original
Imprescriptible. Adjetivo. Lo que no puede ó no debe prescribir ó prescribirse.
ETIMOLOGÍA. In privativo y prescriptible: italiano, imprescrittibile; francés y catalán, imprescriptible. Sentido etimológico.—1. Lo IMPRES CRIPTIBLE se refiere á los derechos derivados de la ley natural, los cuales, habiendo sido legislados por Dios, no pueden ser prescritos por el hombre. 2. La ley de la naturaleza, esa ley simple, IMPRESCRIPTIBLE, que habla al corazón de la humanidad. (BOSSUET, Pologne, 6.) 3. Han sostenido constantemente que la libertad es un derecho IMPRESCRIPTIBLE del cristiano. (CHATEAUBRIAND, Genio del Cristianismo, IV, 7. 4. También se aplica la voz del artículo á las instituciones seculares, procedentes del derecho divino ó prestigio histórico, consideradas como anteriores y superiores á la voluntad de los pueblos y á la lucha de las asambleas; en cuyo sentido se dice: «los derechos del trono son enajenables é IMPRESCRIPTIBLES.»
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