Roque Barcia · 1880-1883
Escurialense
tomo 2 · página 498 · ver la página del original
Escurialense. Adjetivo. Lo que pertenece al real monasterio del Escorial. SICLO ESCURIALENSE. Era de peso de doscientos cincuenta y dos granos, que es el mismo peso que dió Josefo. Y á esta cuenta el siclo matritense pesa tres dracmas áticas de sesenta y tres granos cada una; y el ESCURIALENSE, cuatro dracmas de aquella onza, compuesta de ocho dracmas ó de quinientos y cuatro granos. A este respecto, pesando nuestra onza quinientos sesenta y seis granos, vale nueve dracmas de á sesenta y cuatro granos cada una: y como entre nosotros la onza de plata de ley de die dineros por sólo su peso, excluida la estimación del sello, vale diez y ocho reales de vellón, que son dos reales por cada dracma, se infiere que, teniendo los siclos mencionados dos sextas partes de liga, como comprobó el señor Bayer, en la misma cantidad que nuestra moneda corriente, será el valor de cada siclo por su peso de cuatro dracmas igual á ocho reales de ve Ilón, menos un maravedí por cada dracma y una octava de maravedí por los nueve granos, y una dracma que tiene de menos la onza ática, comparada con la nuestra; y así el siclo vale siete reales de vellón y treinta maravedís. Y este valor dió al siclo Arias Montano, y nos parece muy fundado, y resulta de este cálculo. (EL PADRE SCIO DE SAN MIGUEL.)
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