José Alemany y Bolufer · 1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919)
Legado
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LEGADO. (del lat. legátus). m. Manda que el testador deja en su testamento o codicilo. || Representante o comisionado que una suprema potestad civil o eclesiástica envía a otra para tratar algún negocio. || Presidente de cada una de las Pratas inmediatamente sujetas a los emperadores romanos. Hubo provincias, como las de Bética y Lusitania en tiempo del emperador Adriano, en las que se daba a presidente el nombre de legado consular. || Cada uno de los asesores y consejeros que los procónsules llevaban en su compañía, y que hacían las veces de éstos en caso de necesidad. || Jefe o cabeza de cada legión, en la milicia de los antiguos romanos. || Cada uno de los ciudadanos romanos, comúnmente del orden senatorio, enviados a las provincias recién conquistadas, para que arreglaran su gobierno. || Eclesiástico que por disposición del Romano Pontífice hace sus veces en un concilio, o ejerce sus facultades apostólicas en un reino o provincia de la cristiandad. || Prelado a quien el e confiere el gobierno de alguna de las provincias eclesiásticas; como Ferrara, Bolonia, etc. [| a látere. Cardenal enviado extraordinariamente por el Sumo Pontífice, dándole amplias facultades para que le represente cerca de un gobierno o os cristiano, o en un concilio. || Caducar el legado. frs. For. Extinguirse por falta del sujeto en quien debía recaer.
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