Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.)

La Academia Española · 1852

Fallo

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FALLO, LLA. adj. En algunos juegos de naipes falto de algun palo. UÚsase con el verbo estar; y asf se dice estoy FALLO á oros. In chartarum udo qui chartis cujusque ordinis caret. Se usa tambien como m.; y así se dice: tengo FALLO á espadas. || m. La sentencia definitiva del juez.

Decretum, decisio. || Por extension se dice de la decision tomada por persona competente sobre cualquier asunto dudoso ó disputado. || ECHAR EL FALLO. fr. for. FALLAR. || fr. met. Desahuciar el médico al enfermo. Mortem ominari.

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