Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.)

La Academia Española · 1822

Junta

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JUNTA. s. f. Asamblea ó congreso de varias personas para conferenciar ó tratar de algun asunto. Concilium. || El todo que forman varias cosas unidas ó agregadas unas á otras. Conjunctio. JUNTA. La union de dos ó mas cosas. Conjunctio, JUNTA. TRIBUNAL; y asi se dice: JUNTA de aposento, JUNTA de comercio y moneda Kc. || Cant. Cada una de las dos superficies laterales de un sillar que se ha de colocar junto á otros. Lapidis quadri laseralis superficies. || ant. JUNTURA. JUNTA DE DESCARGOS. Tribunal ó junta de sugetos nombrados por el rá que jaterviene en el cumplimiento y ejecucion de los testamentos y últimas voluntades de los reyes y en la satisfaccion de sus deudas. Regum testámentigetrseguendis tribunal regium, regius OoSESSUSs JUNTA DE SANIDAD. La que hay para precaves los contagios en los, puertos y otras partes, Coetus de contagione Precavenda, aut pro. cul arcenda curans. de JUNTADO, DA. Pp. P. de JUNTAR YJUNTARSE UNTADOR, RA. s. m. y f. ant. El que junta, BA. A JUNTADURA.s. É ant. JUNTURA.. o

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