Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.)

La Academia Española · 1817

Cédula

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CÉDULA. S. f. Pedazo de papel ó pergamino escrito, ó para escribir en el alguna cosa Schedula. cépoilANTE DIEM. Papel firmado regularmeu te del secretario de alguna comunidad, por e que se cita a sus individuos para juntarse a dia siguiente, y en el se expresa el asunto qu se ha de tratar. St hedula qua in diem pos terun conventuri compellaantur CÉDULA RANCARTA. La cedula de banco con que el provisto por Roma en beneficios ó preben das de España y Portugal afianzaba en la da taria el pago de la pension que le imponian a tiempo de proveerle en la prebenda ó benet cio. Schedula pro securitate pensionis exsol vendac. CÉDULA DE ARONO. La que se da por los tribu nales de hacienda cuando el rey perdona a un pueblo algun debito, á fin de que al recauda dor se le admita en data igual cantidad. Re gium rescriptum pro condonatione tributorum CÉDULA DE CAMBIO. ant. Lo mismo que LETRA DE CAMBIO. CÉDULA DE COMVNION Ó CONPESION. La que se da en las parroquias en tiempo del cumpli miento de iglesia para que conste de cl. Schedula quae praecepto ecclesiastico de Eucha ristia quotannis recipienda satisfactum esse testatur. CÉDUIA DE DILIGENCIAS. Despacho que se expi de por el consejo de la cámara dando comision á un juez para hacer alguna averiguacion. Delegata juris dictio seripto tradita CÉDULA DE INVÁLIDOS. La órden del rey en que concede á algun soldado el pase á las compañias de invalidos. Rescriptum principis, que miles erpletis stipendiis emeritorum manipalis adserit itur. CÉDULA DE PREEMINENCIAS. La que se da á alservido muchos años sus oficios, no pueder continuar por enfermos, ocupados ú otras jutas catsas. En ella se manda no se les precise: la asistencia, se les conservan los salarios, emo lumentos y honores, y se les da facultad parconcurrir siempre que quieran en su lugar grado y uso de su voto. Rescriptum principis quo senatoribus vacatio muntris, quotie diminutione conceditur CÁDULA DE PREEMINENCIAS. En la milicia I. órden del rey por la que conserva en su grade al oficial que se retira el fuero militar. Recriptum principis que centurionibus emeritiprivilegia conceduntur. CÉDULA Ó PATENTE EN BLANCO. La que va firmada y se da a álguno con facultad de llenarla segun le pareciere. Charta obsignata aa militiae libitum accipientis conscribenda. ÉDULA REAL. Despacho del rey expedido por aitun tribanal superior, en que se concede una merced ó se toma alguna providencia. Su cabeza es: EL REY, sin expresion de mas dictados: la firma S. M. El secretario del tribunal á que pertenece pone la refrendata menor: se rubrica por algunos ministros, y por lo regular se entrega a la parte. Regium diploma DAR CÉDULA DE VIDA. f. met. y fam. que se dice de los preciados de guapos, porque parece que hacen gracia en no quitar la vida á lo que encuentran. Tumidum, arrogantem esse

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